Toda embarcación de recreo tiene que tener un seguro de Responsabilidad Civil según Real Decreto 607/1999.
Esta garantía básica puede ser ampliada con otras de contratación opcional como son:
Defensa jurídica y fianzas.
Responsabilidad civil voluntaria que amplía el límite de indemnización establecido en la responsabilidad civil obligatoria.
Reclamación de daños.
Accidentes personales de los ocupantes.
Remolque en el mar.
Asistencia en tierra.
Pérdida total.
Robo.
Daños Parciales.
Efectos personales.